El Consejo Directivo de la Facultad aprobó la apertura de mesas especiales de finales 

Durante la Reunión Extraordinaria realizada el jueves, se aprobaron diferentes resoluciones que formalizaron el dictado de clases virtuales, la realización de exámenes parciales, y la reprogramación del Calendario Académico, entre otras medidas. 

Publicada el 1 de junio de 2020. Categorías: Institucional, Todas las noticias. Etiquetas: , , .

El Consejo Directivo de la UTN Buenos Aires, aprobó durante la reunión extraordinaria realizada el jueves en forma virtual, y ad referéndum del Consejo Superior de la UTN, la apertura de mesas especiales de finales para aquellos estudiantes que adeuden hasta cuatro finales para recibirse; y decidió también ampliar progresivamente la cantidad de asignaturas que puedan tomar exámenes finales virtuales.

La Resolución nº 3 autoriza, además, el llamado a mesas especiales durante los meses de mayo y junio quienes adeuden hasta 4 finales; la realización de exámenes finales virtuales en carreras de posgrado, incluyendo las defensas de tesis de Doctorado y de Maestría. Se suspenden las mesas de exámenes finales de mayo; y se reprograma el Calendario Académico.

El artículo 1º establece que entre los cuatro finales que podrán adeudar los alumnos para solicitar una mesa especial, se encuentran los de las asignaturas Proyecto Final y Práctica Profesional Supervisada (PPS),  “previo análisis de las cátedras respectivas teniendo en cuenta las características de cada asignatura y la metodología de evaluación que la misma requiere”, según establece el texto de la Resolución nº 3.

En el caso de las asignaturas que se vayan incorporando a la realización de exámenes finales virtuales, serán las que los Departamentos de especialidad y UDB, junto con las cátedras, acuerden y consideren posible su realización. Para las evaluaciones se dará prioridad a estudiantes que hayan terminado de cursar, según establece el artículo nº 7.

La Resolución establece que la modalidad de evaluación se deberá comunicar a los estudiantes con suficiente antelación, brindando información detallada y garantizando la aplicación, en alguna instancia previa, de herramientas idénticas o similares.

El artículo nº 6 no sólo reprograma el Calendario Académico sino que también determina que el mismo podrá volver a modificarse según la evolución de la pandemia “y las posibilidades de retorno a la presencialidad”.

Las medidas que contempla la Resolución forman parte de la decisión de la Facultad de reducir el impacto del aislamiento social, preventivo y obligatorio en los trayectos formativos de los alumnos: “la Facultad Regional Buenos Aires ha dirigido y dirige todas sus acciones a garantizar la continuidad de las actividades formativas en todas sus carreras y asignaturas, de manera sólida, eficiente y de calidad”, sostiene la norma en sus considerandos.

Durante la Reunión Extraordinaria del Consejo Directivo realizada ayer, se formalizó además, el dictado de clases virtuales, la implementación de capacitaciones continuas sobre estrategias de enseñanza y evaluación en la virtualidad; y la realización de evaluaciones parciales en forma virtual.

En ese sentido, en el artículo 1º de la Resolución nº 1, la UTNBA expresa “el más alto compromiso con la educación pública y gratuita, implementando acciones y estrategias que minimicen los impactos de la suspensión de las actividades presenciales, dando continuidad a las mismas de modo virtual en las distintas áreas de la Facultad Regional Buenos Aires”.

 

Exámenes parciales en forma virtual

La Resolución nº 2 aprobada por el Consejo Directivo autoriza “la implementación de evaluaciones virtuales de parciales y toda otra instancia que se considere vinculante, en los casos en que las cátedras consideren posible su realización”.

En ese sentido, las Cátedras que decidan llevar a cabo evaluaciones parciales en forma virtual podrán definir el formato que consideren más conveniente, “en función de las características de la asignatura, de la cantidad de estudiantes y de las posibilidades actuales. Asimismo, definirán la metodología a utilizar, instrumentos, criterios de evaluación, y condiciones de aprobación, que serán incluidas en la planificación y comunicadas al Departamento. Todo lo antes mencionado deberá contemplar los lineamientos estipulados en la Ordenanza Nº1549, con relación a la Aprobación Directa”.

También para los casos de evaluaciones parciales la modalidad de evaluación deberá ser comunicada a los estudiantes con antelación y detalle, “garantizando la aplicación en alguna instancia previa con herramientas idénticas o similares”.

En los casos de asignaturas que por sus características las evaluaciones o trabajos prácticos estén condicionados por el retorno a la presencialidad, las fechas se definirán oportunamente, “según escenarios posibles. Esta propuesta deberá ser comunicada a los estudiantes y avalada por el Departamento de especialidad o UDB correspondiente”.

El artículo 6 de la Resolución flexibiliza “de modo transitorio, y durante el presente ciclo lectivo, la exigencia de correlatividades de las asignaturas definidas en los respectivos planes de estudios, con la finalidad de garantizar a los estudiantes, que cumplan requisitos mínimos de cursado, la continuidad de sus estudios, y en el marco de criterios razonables que se analicen en los respectivos Departamentos”.

La Resolución flexibiliza, además, las condiciones de asistencia con el objetivo de mantener “la regularidad de los estudiantes en el cursado, considerando las dificultades de conectividad, equipamiento, familiares, o de otra índole que pueden dificultar la presencia sincrónica en las clases”.

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